PODER JUDICIAL DE SAN MARTÍN IMPONE CADENA PERPETUA A SUJETO POR VIOLACIÓN SEXUAL DE SU MENOR HIJA.

Elmer Sánchez Pérez recibió la pena máxima de cárcel, por parte de los jueces del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de San Martín, tras hallarlo culpable del delito de violación sexual de menor de edad, en agravio de su hija desde que ella tenía doce años de edad.

De acuerdo a lo narrado por el representante del Ministerio Público, así como las pruebas presentadas que indican la comisión del delito por Sánchez Pérez, el ahora sentenciado –quien es padre de la menor agraviada- abusó sexualmente en varias oportunidades a su menor hija cuando esta se encontraba sola en el cuarto que alquilaban en el distrito de Nueva Cajamarca.

Los hechos argumentados en el juicio se remontan al año 2014 cuando la menor tenía tan solo doce años. Según las investigaciones, en Entrevista Única en Cámara Gessel, la agraviada manifestó que fue abusada sexualmente por su padre, cuya agresión sexual fue realizada en reiteradas oportunidades y luego, amenazarla para que no comente lo ocurrido.

Aprovechando que la sustrajo del ámbito de su madre, el sentenciado Sánchez Pérez y sus hijos fueron a vivir a la ciudad de Chiclayo donde continúo el abuso sexual. Como consecuencia de estas vejaciones, resultó embarazada y nació el menor de edad en fecha 13 de marzo del 2017. Fue aquí, en el año 2017, que la madre se entera que su menor hija estaba internada en el Hospital Regional de Chiclayo encontrándola con un bebé en brazos. Inmediatamente fue a denunciarlo a la dependencia policial.

Luego de evaluar los elementos de convicción, los magistrados del colegiado Marco Antonio Tipiani Valera (Director de Debates), Carlos Enrique Vásquez Torres y Luis Alberto Gonzales Eneque ordenaron cadena perpetua para Elmer Sánchez Pérez, quien –además- deberá recibir tratamiento terapéutico y cancelar la suma de diez mil soles por reparación civil a favor de la víctima.

El delito contra la libertad sexual, en su modalidad de violación sexual de un menor de catorce años se encuentra tipificado en el artículo 173° del Código Penal peruano y sanciona hasta con la pena máxima de cárcel a quien lo comete.

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